Declaración conjunta del presidente de la UIA y del Director General del UIA-IROL
Reafirmando la vocación de la UIA por la promoción del Estado de derecho y la defensa de los derechos humanos, incluso en situaciones de conflicto armado, cuando se cometen violaciones graves contra la población civil,
Recordando declaraciones anteriores publicadas en octubre de 2023, en las que la UIA, por una parte, condenó el ataque perpetrado por Hamás en Israel el 7 de octubre de 2023 y, por otra parte, expresó su profunda preocupación por las pérdidas civiles masivas en Gaza, haciendo un llamamiento al Estado de Israel para que respetara el derecho internacional humanitario,
Expresando su más profunda preocupación por el deterioro continuo de la catástrofe humanitaria en los territorios palestinos ocupados – en particular, en la Franja de Gaza, pero también en Cisjordania y Jerusalén Este – ,donde la población civil y, especialmente, las mujeres, los niños, las personas con discapacidad y las personas mayores, se enfrentan a condiciones de supervivencia cada vez más precarias,
Notando que esta situación es consecuencia, en particular, de la persistente imposibilidad de acceder a una ayuda humanitaria suficiente , como lo han confirmado en los últimos meses fuentes fidedignas, entre las que se encuentran las Naciones Unidas y sus agencias especializadas, la reciente Resolución adoptada por la Asamblea General de la ONU el 12 de junio de 2025 así como las providencias de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) y las órdenes de arresto emitidas por la Corte Penal Internacional (CPI),
Notando que el bloqueo de bienes y suministros ha llevado a prácticamente paralizar las operaciones humanitarias que son, sin embargo, esenciales para la supervivencia y han privado a la población civil de acceso al agua, a servicios de saneamiento e higiene, atención sanitaria y alimentación, con más de medio millón de personas amenazadas hoy de inanición,
Subrayando asimismo la existencia de numerosas pruebas documentando ataques deliberados contra bienes indispensables para la vida de la población civil, amenazando así directamente la supervivencia de la población palestina en la Franja de Gaza,
Recordando que la toma de rehenes constituye una grave violación del derecho internacional humanitario, y que la liberación inmediata, incondicional y digna de todos las personas retenidas es una exigencia imperativa,
Subrayando que toda respuesta, incluidas las operaciones militares llevadas a cabo por un Estado, debe respetar los principios fundamentales del derecho internacional humanitario – en particular, los principios de distinción, de proporcionalidad y de precaución – y no puede justificar actos indiscriminados o desproporcionados,
Recordando a este respecto que hacer deliberadamente padecer hambre a civiles durante un conflicto armado constituye una violación grave del derecho internacional humanitario, expresamente prohibida por la Convención de Ginebra (IV) del 12 de agosto de 1949, y susceptible de entrar, según los casos, en el ámbito de aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio,
Recordando que la prohibición del genocidio constituye una norma imperativa de derecho internacional, basada en la necesidad de proteger los valores humanitarios más fundamentales, y que las obligaciones derivadas de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio son vinculantes para todos los Estados que tienen un interés común en su observancia,
Recordando las providencias de la CIJ del 26 de enero de 2024, el 28 de marzo de 2024 y el 24 de mayo de 2024, en el asunto Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio en la Franja de Gaza (Sudáfrica c. Israel), en las que la Corte estimó que "al menos algunos de los derechos reivindicados por Sudáfrica [derivados de la Convención sobre el Genocidio] y para los que solicita protección son plausibles", y "el derecho de los palestinos de Gaza a ser protegidos de actos de genocidio y actos prohibidos conexos" (párr. 54),
Recordando que en sus decisiones, la Corte subrayó también que todas las partes en el conflicto en la Franja de Gaza deben respetar el Derecho internacional humanitario,
Observando que la Corte expresó su profunda preocupación por la suerte de los rehenes secuestrados durante el ataque en Israel el 7 de octubre de 2023 y que exigió su liberación inmediata e incondicional;
Tomando nota que la Corte ordenó al Estado de Israel, que adoptara todas las medidas a su alcance para impedir la comisión de todos los actos comprendidos en el ámbito del artículo II de la Convención sobre el Genocidio, con respecto a los palestinos en la Franja de Gaza,
Recordando además que en su última providencia, del 28 de marzo de 2024, la Corte ordenó a Israel que garantizara, en cooperación con las Naciones Unidas, un acceso humanitario inmediato a gran escala y sin trabas, a toda la población civil de la Franja de Gaza,
Tomando nota que esta providencia exige el suministro urgente de servicios esenciales básicos --incluidos alimentos, agua, electricidad, combustible, refugio, ropa, productos de higiene, saneamiento, así como atención médica y suministros médicos necesarios,
Subrayando que la Corte ha exigido también que se aumente la capacidad y el número de pasos fronterizos terrestres, y que se mantengan abiertos el tiempo que sea necesario, para que la ayuda pueda prestarse eficazmente;
Recordando las órdenes de detención emitidas por la Corte Penal Internacional contra varias personas en relación con el conflicto en curso, y subrayando que todos los Estados Partes en el Estatuto de Roma tienen la obligación legal de cooperar plenamente con la Corte, en particular, procediendo a la detención y a la entrega de personas buscadas por la Corte,
Recordando también que la jurisprudencia establecida de la Corte ha confirmado que la inmunidad personal no puede ser invocada contra la ejecución de estas órdenes, ya que dicha inmunidad ha sido declarada incompatible con el objeto y la finalidad del Estatuto de Roma,
Recordando la reciente Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas A/ES-10/L.34/Rev.1, intitulada "Protección de los civiles y cumplimiento de las obligaciones jurídicas y humanitarias" adoptada el 12 de junio de 2025 con un apoyo abrumador [Sí: 149 | No: 12 | Abstenciones: 19 | Sin voto: 13 | Total miembros con voto: 193],
Tomando nota de que esta resolución exige, entre otras cosas:
- un alto el fuego inmediato, incondicional y permanente,
- la liberación inmediata, digna e incondicional de todos los rehenes,
- la condena explícita de la práctica de hacer padecer hambre a la población civil como método de guerra
- y la denegación ilícita del acceso humanitario,
Recordando que esta Resolución reafirma también las obligaciones de una Potencia ocupante y, en particular, el respeto de los principios humanitarios de humanidad, neutralidad, imparcialidad e independencia, en coordinación con las Naciones Unidas, a fin de garantizar el acceso sin trabas a la ayuda humanitaria – incluyendo alimentos, agua potable, suministros médicos, combustible, equipos, refugio y servicios de base – a todos los civiles palestinos,
Por medio de esta declaración, la UIA y el UIA-IROL:
- se unen al llamamiento de Naciones Unidas en favor de un alto el fuego inmediato, incondicional y permanente, y de la liberación inmediata, digna e incondicional de todos los rehenes retenidos por Hamás y otros grupos,
- reafirman su compromiso con los principios fundamentales de humanidad, de dignidad de justicia, así como con el respeto del Derecho internacional humanitario y el acceso sin trabas a la ayuda humanitaria esencial para toda población civil – y, especialmente, a los más vulnerables: mujeres, niños, personas con discapacidad y personas mayores,
- invitan a la comunidad internacional, las instituciones s nacionales, regionales e internacionales así como a la sociedad civil, a comprometerse a favor de una paz basada en el respeto de los derechos fundamentales de todas las personas y en el cumplimiento estricto del derecho internacional, incluida la obligación de prevenir el genocidio,
- renuevan su compromiso con la promoción y la defensa del Estado de derecho, los derechos humanos y la resolución pacífica de conflictos, y ofrecen, en este contexto, una contribución concreta: mediante la formación de profesionales de la abogacía en materia de negociación y mediación internacionales, y proporcionando equipos independientes, neutros e imparciales, dispuestos a acompañar toda iniciativa creíble de mediación a favor de la paz.
Carlo Mastellone
Presidente de la UIA
Martin Pradel
Director General del UIA-IROL