El UIA-IROL exige la liberación inmediata de los abogados Ruth López y Enrique Anaya, detenidos arbitrariamente desde hace más de un año

EL SALVADORHuman Rights and Protection of Lawyers

La abogada defensora de derechos humanos, Ruth Eleonora López Alfaro, y el abogado constitucionalista y académico Salvador Enrique Anaya Barraza, llevan más de un año privados de libertad en condiciones manifiestamente incompatibles con las garantías del debido proceso, incluyendo prolongada incomunicación y restricciones al acceso a asistencia letrada y al contacto con sus familias. El Instituto para el Estado de Derecho de la Union Internationale des Avocats (UIA-IROL) exige la liberación inmediata e incondicional de Ruth López y Enrique Anaya[1] y condena el deterioro de las condiciones de ejercicio de la abogacía en El Salvador, bajo el régimen de excepción vigente en el país desde 2022.

La Licenciada Ruth Eleonora López Alfaro es una abogada e internacionalmente reconocida defensora de derechos humanos, directora de la Unidad de Justicia y Anticorrupción de la Fundación Cristosal quien ha participado en investigaciones y en la presentación de denuncias contra altos funcionarios estatales vinculados con presuntos casos de corrupción. Su labor ha sido reconocida por el Premio Internacional de Derechos Humanos de la ABA, el Magnitsky Human Rights Award en 2025 y, más recientemente, el Premio Sir Henry Brooke 2026.

La abogada Ruth López fue detenida el 18 de mayo de 2025, primeramente, bajo la imputación de presunto peculado en relación con su pasada labor como asesora de un Magistrado del Tribunal Supremo Electoral, acusación que fue más tarde sustituida por “enriquecimiento ilícito”, sin proporcionar ninguna razón específica para ello. Tras su detención, fue sometida a una desaparición forzada temporal de 30 horas. El 4 de junio de 2025, se decretó inicialmente su detención provisional y desde entonces su caso se encuentra bajo reserva total. Desde su ingreso en el Centro Penitenciario para Mujeres, Granja de Izalco, el 4 de julio de 2025, la abogada se ha encontrado la mayor parte del tiempo en estado de incomunicación, y de ese hecho, sin contacto regular con su familia ni abogados. Según Cristosal, en mayo de 2026, la abogada habría sido incluso ingresada e intervenida quirúrgicamente en un hospital salvadoreño sin que su familia fuera notificada previamente al respecto o que se la informara sobre su estado de salud. Aunque de acuerdo con las informaciones recibidas, Ruth López recibió la visita de su hermana en prisión el 30 de junio pasado, siguen creciendo las preocupaciones por su estado de salud.

Por su parte, el Dr. Salvador Enrique Anaya Barraza es un prestigioso constitucionalista y académico, quien ha mantenido una postura crítica respecto al gobierno del presidente Nayib Bukele, denunciando abusos de poder, así como leyes y resoluciones contrarias a principios fundamentales. Resulta especialmente preocupante que el Dr. Anaya hubiera denunciado públicamente irregularidades en la detención de Ruth López antes de ser él mismo arrestado, lo que refuerza la hipótesis de una persecución sistemática.

Enrique Anaya fue arrestado el 7 de junio de 2025, acusado por el presunto delito de lavado de dinero y activos. El paradero del letrado fue desconocido por casi dos días en el momento de su detención, ordenada por la Fiscalía General de la República (FGR). Según las informaciones disponibles, desde julio de 2025, el Dr. Anaya permanece en detención provisional en la Penitenciaría La Occidental en Santa Ana, aplicándosele restricciones severas en cuanto al contacto con sus familiares, al acceso a una representación legal efectiva y a la atención médica especializada que requiere. Su caso permanece también bajo reserva judicial.

En septiembre de 2025, mediante dos resoluciones separadas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos otorgó a Ruth López[2] y a Enrique Anaya[3] medidas cautelares, e instó a El Salvador a, entre otros requerimientos, garantizar que las condiciones de detención de los letrados y la continuidad de la prisión preventiva se ajustaran a los estándares internacionales aplicables. En particular, dispuso que se pusiera fin inmediatamente a la situación de incomunicación prolongada, se garantizara el acceso y el contacto regular con sus familiares, abogados y representantes. En el caso del Dr. Anaya, se solicitó además el acceso al tratamiento médico prescrito de forma oportuna y adecuada.

El Estado salvadoreño no ha cumplido aún con estas medidas cautelares. Esta inobservancia constituye en sí misma una violación de las obligaciones internacionales del Estado y agrava el daño causado a los dos abogados.

El UIA-IROL deplora profundamente esta situación y se une a los reiterados llamamientos de mecanismos regionales e internacionales de protección[4], urgiendo la adopción de medidas urgentes para poner fin a esta situación arbitraria. Es urgente eliminar toda restricción impuesta injustificadamente a las visitas de sus familiares y de sus representantes legales.

Las prolongadas detenciones en régimen de incomunicación impuestas a ambos abogados, así como los procesos iniciados en su contra, sometidos además a reserva judicial, evidencian un uso indebido del derecho penal con el fin de silenciar a quienes defienden los derechos humanos y el Estado de derecho, constituyendo así una instrumentalización del sistema penal, práctica que la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de los magistrados y abogados ha caracterizado como una violación de los derechos humanos.[5]

El UIA-IROL observa con profunda preocupación que estos dos casos parecen formar parte de un patrón más amplio y sistemático de detención, criminalización, estigmatización y hostigamiento de profesionales de derecho y, en particular, de aquellos que denuncian abusos, exigen justicia o transparencia en El Salvador[6], incluso en lo relativo a violaciones de derechos humanos durante el “régimen de excepción”. Esta situación da como resultado un efecto disuasorio y amedrentador, menoscabando así la defensa de derechos humanos y el ejercicio libre e independiente de la abogacía. Así, más de una docena de profesionales del derecho han debido abandonar el país en 2025 por temor a ser víctimas de represalias por su actividad de defensa de los derechos humanos[7]. En julio de 2025, la fundación Cristosal, organización dedicada a defender los derechos humanos y proteger a las víctimas de violencia en la que la Licenciada López se desempeñaba, debió suspender sus operaciones en El Salvador después de 25 años de actividad.

En virtud de las obligaciones internacionales de El Salvador, el Estado debe respetar los derechos y garantías a un debido proceso legal tales como consagrados en el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en el artículo 8 Convención Americana sobre Derechos Humanos. Los mismos instrumentos consagran también los derechos a la libertad y a la seguridad personales y al acceso a la justicia. Toda limitación al ejercicio de los derechos, cuando esta sea permitida[8], debe adecuarse estrictamente a los estándares internacionales en la materia, incluso en presencia de estados de emergencia.

Asimismo, el UIA-IROL recuerda que los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados determinan que es obligación de los Estados garantizar, entre otros derechos, que los abogados puedan desempeñar todas sus funciones profesionales sin intimidaciones, obstáculos, acosos o interferencias indebidas (Principio 16); que tengan acceso a la información, los archivos y los documentos pertinentes para que puedan prestar una asistencia jurídica eficaz (Principio 21); y que se asegure la confidencialidad de todas las comunicaciones y consultas entre ellos y sus clientes (Principio 22). Los Principios reconocen además expresamente el derecho de los abogados a la libertad de expresión y, en particular, a participar en el debate público sobre asuntos relativos a la legislación, la administración de justicia y la promoción y la protección de los derechos humanos.

Por todo ello, el UIA-IROL se une a los reiterados llamamientos de expertos independientes regionales e internacionales[9], e insta de manera categórica a las autoridades salvadoreñas competentes a que se toman todas las medidas necesarias para: 

  • Cumplir de manera plena e inmediata las medidas cautelares otorgadas a favor de los dos abogados, en las condiciones previstas por la CIDH, y garantizar, para ambos abogados, el respeto de sus derechos a la vida, integridad personal y salud;
  • Asegurar la liberación inmediata e incondicional de Ruth López y Enrique Anaya y retirar todos los cargos formulados en su contra, dado que su detención y procesamiento parecen manifiestamente arbitrarios y tener su origen exclusivamente en las actividades legítimas de defensa y promoción de los derechos humanos y del Estado de derecho llevadas a cabo por dichos abogados;
  • Sin perjuicio de lo anterior, levantar de manera inmediata la reserva judicial que pesa sobre ambos casos y garantizar la plena transparencia y la publicidad de las actuaciones, la estricta observancia de los principios y requisitos de un juicio justo, así como de todas las demás garantías conforme a los estándares del debido proceso;
  • Poner fin a todo acto de estigmatización, hostigamiento o intimidación contra abogadas y abogados, y garantizar que todos los profesionales de la abogacía de El Salvador puedan ejercer su profesión de manera libre, segura e independiente, sin intimidación, injerencias o restricciones indebidas ni miedo a represalias.

El UIA-IROL reafirma su compromiso activo con la defensa de Ruth López, Enrique Anaya y todos los profesionales del derecho en El Salvador que, pese a la adversidad, mantiene su labor de defensa de los derechos humanos y del Estado de derecho. La comunidad jurídica internacional los acompaña y no cesará en su exigencia de justicia.

[1] Véase la declaración del UIA-IROL del 23 de junio de 2025.
[2] CIDH, Resolución No. 66/25, MC 667-25 - Ruth Eleonora López Alfaro, El Salvador, 22 de septiembre de 2025
[3] CIDH Resolución No. 67/25, MC 929-25 - Salvador Enrique Anaya Barraza, El Salvador, 22 de septiembre de 2025.
[4] Véase, por ejemplo, AL SLV 5/2025, 7 de julio de 2025, y AL SLV 8/2025, 3 de diciembre de 2025.
[5] Véase la nota de posición A/HRC/62/CRP.3 “Reclaiming justice: A guide to recognizing and combatting Instrumentalization. Position paper from the Special Rapporteur on the independence of judges and lawyer”, 4 de mayo de 2026.
[6] Véase, el informe “El Salvador: La abogacía bajo asedio en un contexto de erosión del Estado de derecho”, elaborado por el Observatorio Internacional de la Abogacía en Riesgo (OIAD) y Lawyers for Lawyers (L4L), febrero de 2026.
[7] Ver audiencia regional de la CIDH sobre la situación de las personas abogadas, 21 de noviembre de 2025.
[8] Véase artículo 4 du PIDCP y artículo 27 de la CADH, así como la jurisprudencia pertinente.